viernes, 3 de noviembre de 2017



HISTORIA  DE LA VIOLENCIA EN COLOMBIA

La época de La Violencia es como se denomina al período histórico de Colombia del siglo XX, donde hubo enfrentamientos entre simpatizantes del Partido Liberal y el Partido Conservador que, sin haberse declarado una guerra civil, se caracterizó por ser extremadamente violento, incluyendo asesinatos, agresiones, persecuciones, destrucción de la propiedad privada y terrorismo por el alineamiento político.

Durante este periodo varios personajes y grupos de ambos bandos enfrentados, como "Los Chulavitas" originarios del departamento de Boyará y los denominados "Pájaros" del departamento del Valle del Cauca, se hicieron famosos por sus acciones atroces.

El conflicto causó entre 200.000 y 300.000 muertos y la migración forzosa de más de dos millones de personas, equivalente casi a una quinta parte de la población total de Colombia, que para ese entonces alcanzaba los 11 millones de habitantes.

Al final del conflicto, por medio de las amnistías, más de diez mil guerrilleros liberales dejaron las armas.


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Cronología



Aunque algunos historiadores lo sitúan entre 1946 y 1966, para la mayoría de ellos el periodo de "La Violencia" queda situado entre 1948 y 1958,3​ cuyo detonante fue el magnicidio en Bogotá de Jorge Eliécer Gaita, candidato presidencial de los liberales, el 9 de abril de 1948, hecho que desencadenó una serie de protestas y actos violentos en la capital del país inicialmente y después a nivel nacional que se conocen como el Bogotazo.

Algunos historiadores consideran también que el periodo de "La Violencia" en Colombia, referido como un conflicto bipartidista (liberales vs conservadores) en el siglo XX, se inicia realmente con el retiro en 1946 de Alfonso López Pumarejo de la presidencia de la República, debido a la presión política de varios sectores liberales que criticaban su segundo periodo por su mal desempeño en materias económicas y por supuesta corrupción. Con su retiro, López Pumarejo permitió que su reemplazo constitucional, el Designado Alberto Lleras Camargo, tomara el poder y convocara elecciones para junio de 1946, que fueron ganadas por el partido conservador.

Igualmente, algunos autores sitúan este periodo hasta 1953, cuando el General Gustavo Rojas Pinilla tomó el poder y ofreció el final de la guerra. Pero fue en 1958, cuando realmente se puso fin al conflicto con el pacto partidista denominado "Frente Nacional", aunque algunos autores consideran que el final del periodo se produjo realmente hasta después de 1966 cuando aún persistieron algunos eventos violentos.




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HISTORIA:



Durante el gobierno de Alberto Lleras Camargo, quien reemplazó a Alfonso López Pumarejo después de su renuncia, el Partido Liberal se vio afectado por la ausencia de su líder natural, y entró en una pugna interior. Mientras tanto las toldas conservadoras, que no llegaban al Palacio de San Carlos desde 1930, se concentraban alrededor del presidente del directorio nacional conservador, Mariano Ospina Pérez.

El discurso sosegado de la nueva tendencia conservadora encontró asidero en la convulsionada sociedad colombiana, mientras que el liberalismo finalmente se declaró dividido entre los seguidores de Alberto Lleras Camargo y los de Jorge Eliécer Gaitán. El Llerismo representaba a las élites comerciales y al viejo liberalismo elitista que instauró la República Liberal; en ultimas la continuidad del proyecto de las Presidencias de Eduardo Santos y Enrique Olaya Herrera.

Durante el gobierno de Alberto Lleras Camargo, quien reemplazó a Alfonso López Pumarejo después de su renuncia, el Partido Liberal se vio afectado por la ausencia de su líder natural, y entró en una pugna interior. Mientras tanto las toldas conservadoras, que no llegaban al Palacio de San Carlos desde 1930, se concentraban alrededor del presidente del directorio nacional conservador, Mariano Ospina Pérez.




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TIPOS DE VIOLENCIA:



FÍSICA:


La que se emplea contra el cuerpo de la mujer produciendo dolor, daño o riesgo de producirlo y cualquier otra forma de maltrato o agresión que afecte su integridad física.


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PSICOLÓGICA:


La que causa daño emocional y disminución de la autoestima o perjudica y perturba el pleno desarrollo personal o que busca degradar o controlar sus acciones, comportamientos, creencias y decisiones, mediante amenaza, acoso, hostigamiento, restricción, humillación, deshonra, descrédito, manipulación o aislamiento.



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SEXUAL:


Cualquier acción que implique la vulneración en todas sus formas, con o sin acceso genital, del derecho de la mujer de decidir voluntariamente acerca de su vida sexual o reproductiva a través de amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación, incluyendo la violación dentro del matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.

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ECONÓMICA Y PATRIMONIAL:


La que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes, pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales.

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SIMBÓLICA:


La que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad.


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MODALIDADES DE VIOLENCIA:

Además la ley señala que según las formas que se manifieste en los distintos ámbitos las Modalidades son:



VIOLENCIA DOMÉSTICA:


Aquella ejercida contra las mujeres por un integrante del grupo familiar, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Se entiende por grupo familiar el originado en el parentesco sea por consanguinidad o por afinidad, el matrimonio, las uniones de hecho y las parejas o noviazgos. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia;






VIOLENCIA INSTITUCIONAL:


Aquella realizada por las/los funcionarias/os, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta ley. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, deportivas y de la sociedad civil;





VIOLENCIA LABORAL:


Aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo. Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;






MAPA CONCEPTUAL:



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